"Un error de casi un millón de euros": La Justicia tumba el cobro ilegal del Ayuntamiento de Olesa por dejar prescribir plazos administrativos
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña exonera a los propietarios de unas parcelas y terrenos y deja el enorme agujero económico directamente en las arcas municipales
Un letargo administrativo de más de siete años fulmina la recaudación de 886.000 euros en cuotas urbanísticas. Y es que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña exonera a los propietarios y deja el enorme agujero económico directamente en las arcas municipales.
"Conforme a lo expuesto", recalca la magistrada Laura Mestres Estruch en su fallo (357/2025), "es clara la superación del plazo de prescripción". Con esta contundencia arranca el último varapalo judicial contra la gestión del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat. La inactividad de los despachos municipales ha costado a la administración local la friolera de casi un millón de euros, esfumados por no haber reclamado la deuda a tiempo.
Para entender mejor todo esto, hay que diseccionar los números de la liquidación definitiva del plan parcial SUP i.2 La Flora Fou. El proyecto de reparcelación alcanzó un coste total de 8.618.236,62 euros sin IVA. Tras restar las cuotas aprobadas inicialmente, el consistorio detectó una diferencia a su favor de 732.996,40 euros sin IVA. El plan consistía en emitir 72 liquidaciones contra los propietarios para recuperar un importe total de 886.925,72 euros.
Y, sin embargo, el calendario se convirtió en el peor enemigo del erario público. El Ayuntamiento firmó las actas de recepción de las obras de urbanización en dos tandas: la Fase II el 23 de noviembre de 2011 y la Fase I el 2 de enero de 2012. Ese era el momento exacto para pasar por caja. Pero la documentación quedó congelada. La notificación del acuerdo de aprobación inicial no se envió hasta marzo de 2019, y la exigencia de las cuotas definitivas se demoró hasta junio de 2020. Siete años de parálisis absoluta.
El calvario en los tribunales
Pero, ¿cómo se justifica ante el ciudadano perder la capacidad de ingresar semejante cuantía por pura demora técnica? La empresa afectada, Aryzta Bakeries Iberia SLU, no se quedó de brazos cruzados y llevó la reclamación extemporánea a los tribunales.
En un primer momento, el Juzgado Contencioso Administrativo número 17 de Barcelona desestimó el recurso de la compañía en septiembre de 2023, dando oxígeno al Ayuntamiento. Pero la multinacional apeló la decisión alegando una vulneración flagrante de la seguridad jurídica: la administración no puede reclamar cuotas de urbanización a perpetuidad.
"En la liquidación definitiva", advierte la normativa autonómica utilizada por el tribunal, "se tienen que tener en cuenta todos los gastos en los que se haya incurrido efectivamente". Pero este proceso está sujeto a caducidad. Tras analizar el caso, la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado y dejado sin efecto el decreto de cobro municipal, dando íntegramente la razón a la propiedad.
El agujero para las arcas públicas
Dicho así parece que un expediente guardado en un cajón resulta inofensivo, pero la realidad dibuja un golpe frontal a las finanzas locales de Olesa. Al superar ampliamente el plazo legal estipulado en el Reglamento de la Ley de Urbanismo (que la justicia fija en cuatro años desde la recepción de la obra), la capacidad de cobrar la deuda ha quedado completamente extinguida.
El Ayuntamiento intentó defenderse argumentando variaciones en los costes y apelando a otras sentencias de 2016 sobre ocupaciones temporales, pero el TSJC ha desestimado estas excusas por irrelevantes ante el paso inexorable del tiempo. El Consistorio, condenado a anular las facturas emitidas, se ve obligado ahora a soportar el déficit de una desviación presupuestaria que debería haber sido asumida por los propietarios privados hace más de una década. Ahora bien, aunque la sentencia no es firme y la administración municipal aún puede interponer un recurso de casación, darle la vuelta al veredicto se perfila como una auténtica quimera. Y es que la vulneración de los plazos es tan matemática y la jurisprudencia tan clara al respecto, que las opciones legales de salvar este millón de euros público en los tribunales son prácticamente nulas.