Olesa prepara la regularización extraordinaria de extranjeros: plazos, requisitos y cómo acreditar la residencia
El Ayuntamiento desplegará puntos de información y asesoramiento para aclarar el procedimiento estatal, los requisitos legales y las vías válidas para demostrar el arraigo y evitar fraudes en la tramitación
El Ayuntamiento de Olesa de Montserrat ha iniciado la organización de los dispositivos para informar a la ciudadanía sobre el procedimiento de regularización extraordinaria de personas extranjeras, un proceso que se encuentra actualmente en fase de tramitación por parte del Gobierno central. Esta medida se articulará mediante un real decreto y requiere la publicación formal en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para determinar su entrada en vigor. El objetivo de la administración estatal es establecer una vía legal para otorgar permisos de residencia y trabajo a ciudadanos extranjeros que actualmente residen en España fuera de los circuitos ordinarios de extranjería. La iniciativa legislativa prevé otorgar una autorización de un año de duración, válida en todo el territorio nacional, y amparará también a los hijos menores de edad de los solicitantes y a los ascendientes directos mayores de 65 años. Se establece como requisito obligatorio no poseer antecedentes penales y no representar ningún riesgo para el orden público. Asimismo, se admitirán en el proceso las personas que tengan solicitudes de protección internacional en trámite o denegadas. Desde las instancias oficiales se descarta el efecto de atracción demográfica hacia nuevos migrantes, ya que el ámbito de aplicación se restringe exclusivamente a los individuos ya establecidos en el Estado antes del inicio del presente año; las personas llegadas posteriormente se someterán al reglamento vigente habitual.
El mercado laboral y la naturaleza del procedimiento administrativo
Alba Tarroc, responsable del Departamento de Políticas Migratorias, Antirracismo y Cooperación, expone que estas regularizaciones responden a una necesidad estructural del Estado y de la sociedad española, por encima de las necesidades particulares de las personas migrantes. En el contexto económico actual, el sector empresarial experimenta dificultades para cubrir la oferta de puestos de trabajo y encontrar mano de obra disponible. Paralelamente, una parte significativa de la población residente no dispone de los permisos requeridos para incorporarse al mercado laboral formal. La emisión de autorizaciones de trabajo funciona como una solución de beneficio mutuo para ambas partes. Desde una perspectiva histórica y legislativa, diferentes administraciones, incluidos gobiernos del Partido Popular, han ejecutado procedimientos similares con anterioridad. Por consiguiente, la regulación de estos extranjeros obedece a una dinámica práctica de absorción de trabajadores y de cobertura de las necesidades del mercado, desvinculándose de cuestiones puramente ideológicas.
Requisitos de acceso y la demostración de permanencia territorial
La condición primaria para tramitar la regularización es haber llegado al territorio español antes del 31 de diciembre de 2025. Las personas que no cursen una solicitud de protección internacional deberán certificar una presencia ininterrumpida mínima de cinco meses en el momento de presentar el expediente. Como consecuencia práctica, un solicitante que inicie su prueba de permanencia el 1 de diciembre no podrá someter la documentación a revisión hasta que transcurran cinco meses, fijando el inicio de su derecho de acceso alrededor del 1 de abril. Se estima que la ventana de presentación de instancias estará operativa entre los meses de abril y junio de 2026.
El documento administrativo por excelencia para acreditar esta residencia es el certificado de empadronamiento. Los extranjeros que posean un padrón fechado antes del 31 de diciembre tienen el acceso asegurado al procedimiento. No obstante, se detectan casos de individuos con dificultades para conseguir la inscripción municipal, ya sea por impedimentos residenciales o por las directrices particulares aplicadas en ciertos ayuntamientos. Según las directrices preliminares, la oficina de extranjería aceptará cualquier medio de prueba que sea válido en derecho para confirmar la estancia en el Estado. Sin embargo, la jurisprudencia administrativa revela que ciertos medios de prueba son denegados por la administración al considerarse insuficientes.
En este escenario, los documentos expedidos por instituciones públicas gozan del nivel más alto de validación por parte de la oficina de extranjería. En los casos de ausencia de padrón en Olesa, un ciudadano puede presentar los informes de asistencia elaborados por el Departamento de Migraciones, por los servicios sociales municipales o por un Centro de Atención Primaria (CAP). Si el documento oficial registra las fechas de atención asistencial de la persona, el órgano competente debería admitirlo como prueba de presencia. A pesar de que, ocasionalmente, la administración deniega incluso esta tipología de certificados , se consolidan como una vía de acreditación habitualmente eficaz y aceptada. Los requisitos documentales incluirán también el pasaporte en vigor y los certificados de antecedentes penales de los países de residencia de los últimos cinco años, documentos que caducan seis meses después de su emisión.
Tramitación de los expedientes y definiciones técnicas pendientes
La administración competente resolverá las solicitudes por la vía preferente, un mecanismo que confiere más celeridad al procedimiento en comparación con los trámites ordinarios. A pesar de esta prioridad otorgada, se mantienen interrogantes sobre los circuitos exactos de entrada de la documentación. Las instrucciones apuntan a la posibilidad de emplear cualquier canal de registro válido. Este precepto habilitaría la utilización de los registros interadministrativos, hecho que permitiría presentar los formularios mediante las oficinas de atención presencial del ayuntamiento. Actualmente, el ordenamiento jurídico de extranjería no permite recurrir a esta modalidad para trámites de residencia , por lo que resulta imprescindible una concreción oficial sobre las vías admitidas. Si se autoriza el registro interadministrativo, el consistorio local preparará los canales para facilitar la recepción de instancias, con el apoyo de los abogados de la Asociación AMIC.
Otro aspecto técnico por definir comprende la situación de los menores de edad cuyos progenitores ya ostentan la residencia legal. La ley prevé que un adulto en situación administrativa irregular pueda tramitar un expediente conjunto que lo incluya a él y a sus hijos. En cambio, no se ha establecido el procedimiento a seguir cuando un padre o madre ya posee el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y necesita regularizar a sus descendientes. El organismo de extranjería aún no ha determinado formalmente si se aceptará la presentación de expedientes exclusivos para menores de manera independiente y autónoma.
Prevención de fraudes en el asesoramiento y recomendaciones institucionales
En el marco de los servicios legales y de gestoría, los mecanismos municipales de control han identificado la propagación de información no ajustada a la realidad normativa. El Departamento de Políticas Migratorias advierte sobre la aparición de rumores falsos que sostienen que la oficina de extranjería ha fijado un límite máximo o un sistema de cuotas para la aprobación de expedientes. Este dato es absolutamente falso. El órgano resolutor no impondrá ninguna cuota de regularización, y emitirá una resolución favorable para todas aquellas personas que cumplan los requisitos legales y presenten la documentación pertinente en el plazo oficial estipulado, que comprenderá previsiblemente desde abril hasta junio.
Paralelamente, los servicios técnicos informan que ciertos profesionales de la abogacía utilizan el falso argumento de las cuotas para instar a las personas migrantes a efectuar pagos inmediatos, bajo el pretexto de incluirlos en una lista de espera y asegurar la rápida tramitación de su expediente. Asimismo, se observa un aumento significativo de los honorarios solicitados por estos profesionales para la presentación de esta tipología de expedientes, pese a que resultan procedimentalmente más simples y exigen un menor volumen de documentación que los trámites habituales. Salvaguardando la presunción de inocencia de todas las partes, las instituciones requieren rigor.
El Departamento de Políticas Migratorias reconoce la trascendencia vital que supone la obtención de una autorización de residencia y trabajo, así como la angustia inherente a la espera de la regulación. No obstante, la recomendación formal dirigida a la ciudadanía es mantener la calma y evitar cualquier tipo de información no corroborada que circule fuera de los canales oficiales. El Ayuntamiento de Olesa de Montserrat, a través de su departamento especializado, programará dos sesiones informativas de carácter público durante el mes de marzo, momento en el que el texto legal será definitivo y se resolverán las dudas técnicas actuales. La postura institucional prioriza la espera con el fin de ejecutar los trámites correctamente y de manera rigurosa una vez estén claros, evitando que los ciudadanos asuman gastos económicos elevados por conceptos irreales o servicios basados en informaciones erróneas.